1. ¿Cuál es el plazo para presentar el Impuesto de Sucesiones?
El plazo legal para presentar el Impuesto de Sucesiones en Cataluña es de 6 meses desde la fecha de fallecimiento.
Es posible solicitar una prórroga de 6 meses más, pero debe pedirse dentro del primer plazo. Si no se presenta a tiempo, se aplican recargos e intereses de demora.
2. ¿Qué bonificaciones se aplican según el parentesco?
En Cataluña, las bonificaciones dependen del grupo al que pertenece el heredero:
- Grupo I: Descendientes menores de 21 años – Reducción elevada y tipos más bajos.
- Grupo II: Descendientes mayores de 21 años, cónyuges y ascendientes – Bonificación general del 95% de la cuota tributaria para cónyuges y del 60% al 99% para hijos, según tramos.
- Grupo III: Hermanos, sobrinos, tíos – No hay bonificación general.
También se aplican reducciones específicas por vivienda habitual, empresa familiar y discapacidad.
3. ¿Cómo se calcula el importe a pagar?
Se tienen en cuenta:
- El valor de los bienes y derechos heredados (inmuebles, cuentas, vehículos...).
- El grado de parentesco.
- Las reducciones y bonificaciones aplicables.
En EiE Gestió calculamos el impuesto con precisión y te ayudamos a aprovechar todas las reducciones legales.
4. ¿Qué pasa si no se presenta dentro del plazo?
El contribuyente puede recibir un recargo del 5% al 20%, además de intereses. Es muy recomendable actuar dentro de los plazos y con asesoramiento para evitar problemas fiscales posteriores.
5. ¿Necesitas ayuda?
Somos especialistas en la gestión del Impuesto de Sucesiones en Cataluña. Ayudamos a las familias a presentarlo dentro del plazo y a ahorrar legalmente con todas las bonificaciones posibles.