1. ¿Cuál es el plazo para presentar el Impuesto de Sucesiones?

El plazo legal para presentar el Impuesto de Sucesiones en Cataluña es de 6 meses desde la fecha de fallecimiento.

Es posible solicitar una prórroga de 6 meses más, pero debe pedirse dentro del primer plazo. Si no se presenta a tiempo, se aplican recargos e intereses de demora.

2. ¿Qué bonificaciones se aplican según el parentesco?

En Cataluña, las bonificaciones dependen del grupo al que pertenece el heredero:

  • Grupo I: Descendientes menores de 21 años – Reducción elevada y tipos más bajos.
  • Grupo II: Descendientes mayores de 21 años, cónyuges y ascendientes – Bonificación general del 95% de la cuota tributaria para cónyuges y del 60% al 99% para hijos, según tramos.
  • Grupo III: Hermanos, sobrinos, tíos – No hay bonificación general.

También se aplican reducciones específicas por vivienda habitual, empresa familiar y discapacidad.

3. ¿Cómo se calcula el importe a pagar?

Se tienen en cuenta:

  • El valor de los bienes y derechos heredados (inmuebles, cuentas, vehículos...).
  • El grado de parentesco.
  • Las reducciones y bonificaciones aplicables.

En EiE Gestió calculamos el impuesto con precisión y te ayudamos a aprovechar todas las reducciones legales.

4. ¿Qué pasa si no se presenta dentro del plazo?

El contribuyente puede recibir un recargo del 5% al 20%, además de intereses. Es muy recomendable actuar dentro de los plazos y con asesoramiento para evitar problemas fiscales posteriores.

5. ¿Necesitas ayuda?

Somos especialistas en la gestión del Impuesto de Sucesiones en Cataluña. Ayudamos a las familias a presentarlo dentro del plazo y a ahorrar legalmente con todas las bonificaciones posibles.

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